Algunas normas del Código Civil luego del Código de la Niñez y la Adolescencia.

Autores

  • Mabel Rivero Universidad Católica del Uruguay (UCU) Universidad de la República (UdelaR)

DOI:

https://doi.org/10.22235/rd.v0i1.862

Palavras-chave:

normas jurídicas, código civil, código de la niñez y la adolescencia, derecho sucesorio, adopción, legitimación adoptiva, patria potestad, filiación

Resumo

Resumen. Este trabajo parte de la identificación del ámbito de aplicación subjetiva del nuevo Código de la Niñez y la Adolescencia, con especial referencia a la situación del concebido. Tras mencionar la incidencia que opera sobre el derecho sucesorio como consecuencia de la modificación de la redacción de un artículo referido a filiación legítima, estudia algunas normas del nuevo Código de la Niñez y la Adolescencia; en particular, las que han dado lugar a interpretaciones que implican que determinados institutos fundamentales del derecho de familia, como la patria potestad, han sido derogados por obra del nuevo codificador. También estudia la situación legal de aquellas personas a las que el codificador asigna el nombre de responsables frente a los niños y adolescentes. Finalmente, procura desentrañar la aplicación de las normas referidas a la legitimación adoptiva en no muy clara consonancia con aquellas insertas bajo el rótulo “De los hogares de cuidado”.

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Biografia Autor

Mabel Rivero, Universidad Católica del Uruguay (UCU) Universidad de la República (UdelaR)

Profesora Titular (grado 5) de Derecho de Familia, Sociedad Conyugal y Sucesiones en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay y de Derecho Privado VI
en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.

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Publicado

2016-01-31

Como Citar

Rivero, M. (2016). Algunas normas del Código Civil luego del Código de la Niñez y la Adolescencia. Revista De Derecho, (1), 209–232. https://doi.org/10.22235/rd.v0i1.862

Edição

Secção

Doutrina

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