Recepción jurisprudencial de la “objeción de conciencia” Comentario a la sentencia Nº 586/015 en autos “ALONSO, Justo y otros CONTRA PODER EJECUTIVO. Acción de nulidad”

Autores

  • Marta Hanna de Rosa Universidad Católica del Uruguay (UCU)

DOI:

https://doi.org/10.22235/rd.v0i12.1134

Resumo

RESUMEN. El 11 de agosto ppdo. (2015), el Tribunal de lo Contencioso Administrativo2 hizo lugar a una demanda de nulidad contra el Decreto 375/012, reglamentario de la Ley 18.987/012, sobre interrupción voluntaria del embarazo (en adelante IVE), iniciada por un grupo de ginecólogos uruguayos, poco después de la publicación del mencionado decreto.
La acción invocaba el derecho a la objeción de conciencia, o mejor dicho al ejercicio de éste, reconocido expresamente en la mencionada ley, pues consideraban que el decreto la había restringido ilegítimamente.

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Publicado

2016-04-15

Como Citar

Hanna de Rosa, M. (2016). Recepción jurisprudencial de la “objeción de conciencia” Comentario a la sentencia Nº 586/015 en autos “ALONSO, Justo y otros CONTRA PODER EJECUTIVO. Acción de nulidad”. Revista De Derecho, (12), 217–237. https://doi.org/10.22235/rd.v0i12.1134

Edição

Secção

Jurisprudência