Programas de computación: responsabilidad civil por violación a los derechos de autor.
DOI:
https://doi.org/10.22235/rd.v0i7.789Palabras clave:
copyright, software, usuario, autor, licencia de uso, copia, piratería, daños, acción civil, fair useResumen
Resumen. El derecho de autor es un derecho reconocido en la mayoría de las constituciones y tratados internacionales de derechos humanos como un derecho íntimamente vinculado a la personalidad de su creador, quien por tal calidad tiene ciertas prerrogativas jurídicas. Una de ellas, consecuencia del principio alterum non laedere, es la de
perseguir civilmente a quien con su actuación vulnera alguno de los derechos del autor. Sin embargo, no basta dicha tutela para realizar el valor justicia. Se requiere además que ella sea efectiva y que el juez en uso de la virtud de prudencia determine lo justo para el caso concreto. En nuestro ordenamiento eso significará buscar en la normativa vigente, aun recurriendo a la analogía o los principios generales del derecho, la solución del caso planteado. En este trabajo se analiza la cuestión referida a los programas de computación, buscando en el derecho vigente, con especial referencia al derecho argentino, algunas soluciones a los problemas que se derivan del ejercicio de la acción de reparación civil.
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