La desestatización de la función jurisdiccional en los procesos concursales de las entidades de intermediación financiera y de valores.

Autores

  • Roberto Figueredo Simonetti Universidad Católica del Uruguay (UCU)

DOI:

https://doi.org/10.22235/rd.v0i6.800

Palavras-chave:

derecho constitucional, derecho procesal, derecho administrativo, derecho concursal, debido proceso, Banco Central del Uruguay, personas públicas no estatales

Resumo

Resumen. El presente trabajo trata sobre los cambios introducidos por las leyes 18401 y 18627, que confiaron los procesos concursales de bancos, bolsas de valores y otras personas afines a personas jurídicas que no integran el Estado. Esto supone una violación a la Constitución, que indica taxativamente qué sujetos pueden desarrollar la función jurisdiccional, y la establecen como un cometido exclusivo del Estado, a cargo, en principio, del Poder Judicial. Estas innovaciones legislativas inconstitucionales afectan los derechos procesales de deudores y acreedores concursales, al extremo de ver comprometida la existencia misma del debido proceso, el que no puede asegurarse fuera de los tribunales estatales designados por la Constitución.

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Biografia Autor

Roberto Figueredo Simonetti, Universidad Católica del Uruguay (UCU)

Doctor en Derecho. Aspirante a profesor de Derecho Administrativo en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay.

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Publicado

2016-01-29

Como Citar

Figueredo Simonetti, R. (2016). La desestatización de la función jurisdiccional en los procesos concursales de las entidades de intermediación financiera y de valores. Revista De Derecho, (6), 75–108. https://doi.org/10.22235/rd.v0i6.800

Edição

Secção

Doutrina

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