La necesidad de prevención de daños ante los límites del régimen clásico de reparación argentino.

Autores

  • Maximiliano N. G. Cossari Universidad del Centro Educativo Latinoamericano (UCEL) Universidad Católica Argentina (UCA)

DOI:

https://doi.org/10.22235/rd.v0i10.735

Palavras-chave:

daños, indemnización, prevención, derecho civil, Argentina

Resumo

Resumen: La imposibilidad de reparar cierto tipo de daños y las limitaciones que de hecho o de derecho la víctima puede encontrar en la satisfacción de un resarcimiento adecuado, hacen necesario que en el derecho argentino se adapten las instituciones vigentes a las nuevas necesidades y se propugne un régimen general que permita al posible perjudicado obtener, en forma anticipada, la protección de su persona o de sus bienes frente a daños que previsiblemente puedan ser causados. En esta línea se enrola el régimen de responsabilidad civil del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

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Biografia Autor

Maximiliano N. G. Cossari, Universidad del Centro Educativo Latinoamericano (UCEL) Universidad Católica Argentina (UCA)

Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Rosario (UNR), Especialista en Derecho de Daños por la Universidad Católica Argentina (UCA). Profesor adjunto en
Obligaciones Civiles y Comerciales y en Derecho de Daños, Universidad Católica Argentina (UCA). Profesor adjunto en Derecho Civil II y Teoría de la Reparación en la Universidad del Centro Educativo Latinoamericano (UCEL). 

Referências

ALTERINI, Atilio A., “Soluciones del Proyecto de Código en materia de responsabilidad civil”, en La Ley 30/07/2012, p. 1.

ALTERINI, Atilio A., AMEAL, Oscar J., LOPEZ CABANA, Roberto M., Derecho de obligaciones, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1995.

BENEDICTO XVI, Mensaje a los participantes en el VII Simposio sobre “Religión, Ciencia y Medio Ambiente”, 1 de septiembre de 2007.

BIBILONI, Héctor Jorge, El proceso ambiental, Lexis Nexis, Buenos Aires, 2005, p. 422.

BIDART CAMPOS, Germán J., “La legitimación del afectado en materia de Derecho Ambienta”, en La Ley, 2004-D, p. 787.

BUSTAMANTE ALSINA, Jorge, Teoría general de la responsabilidad civil, 9º edición ampliada y actualizada, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 2004.

CASAS PLANES, María D, “Refl exión acerca de la conexión estructural Daño-Responsabilidad civil-Obligación, y sus consecuencias en el régimen jurídico aplicable al criterio de imputación (en especial, la culpa civil”, en GONZÁLEZ

Revista de Derecho. Segunda época. Año 9. N.º 10 (diciembre 2014), 13-40 - ISSN 1510-3714

PORRAS, J.M., MÉNDEZ GONZÁLEZ, F.P. (coord.), Libro homenaje al profesor Manuel Albaladejo García, Vol. 1, Universidad de Murcia, Murcia, 2004, p. 884.

CASSAGNE, Juan C., “El daño ambiental colectivo”, en La Ley, 14/09/2004, p. 1

FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos, “Hacia una nueva sistematización del daño a la persona” (en línea), en Derecho y Cambio Social, Número 12, Año IV, Lima, 2007-2008, http://www.derechoycambiosocial.com/revista012/ dano%20a%20la%20persona.htm [25 de agosto de 2012].

GARRIDO CORDOBERA, Lidia, “Daño ambiental colectivo e individual”, en La Ley, 2007-A, p. 865.

GARRIDO CORDOBERA, Lidia, “Refl exiones sobre la responsabilidad civil y el derecho de daños” (en línea),http://www.acaderc.org.ar/doctrina/articulos/refl exiones-sobrela-responsabilidad-civil-y-el/searchterm= garrido [25 de agosto de 2012].

GOLDENBERG, Isidoro H., La relación de causalidad en la responsabilidad civil, La Ley, 2ª edición, Buenos Aires, 2000

HUTCHINSON, Tomás, Responsabilidad pública ambiental en MOSSET ITURRASPE,Jorge, HUTCHINSON, Tomás, DONNA, Edgardo A, Daño ambiental, Tomo II,

Rubinzal-Culzoni, Buenos Aires, 1999, p. 146.

LAMBERT FAIVRE, Yvonne, “La evolución de la responsabilidad civil de una deuda de responsabilidad a un crédito de indemnización”, traducción de Eliana A. Nuñez, en Responsabilidad civil y seguros, 1999, p. 971.

LARENZ, Karl, Derecho de obligaciones, Tomo I, Editorial revista de derecho privado, versión española y notas de Jaime Santos Briz, Madrid, 1958.

LOPEZ HERRERA, Edgardo, Teoría general de la responsabilidad civil, Lexis-Nexis, 2006, Lexis Nº 7004/005078.

LOPEZ HERRERA, Victoria, “La responsabilidad por daño ambiental”, en La Ley Noroeste, 2002, p. 971.

MARTÍNEZ VÁZQUEZ DE CASTRO, Luis”, en Actualidad Civil, La Ley (España), 2000, p. 17.

MAZEAUD, Henri y León, y TUNC, André, Tratado Teórico y Práctico de la Responsabilidad Civil Delictual y Contractual. Tomo I, Vol. I, Ediciones Jurídicas Europa-América, 5ª edición, traducción de Luis Alcalá-Zamora y Castillo, Buenos Aires, 1961.

MICELLI, María I., “Las nuevas tutelas diferenciadas del derecho concursal. Los acreedores involuntarios”, en La Ley Litoral, 2011 –febrero-, p. 30

Maximiliano N. G. Cossari, La necesidad de prevención de daños

MORELLO, Augusto M. y STIGLITZ, Gabriel A., “Responsabilidad civil y prevención de daños. Los intereses difusos y el compromiso social de la justicia”, en La Ley, 1987-D, p. 364.

MOSSET ITURRASPE, Jorge, “El daño fundado en la dimensión del hombre en su concreta realidad” en Revista de derecho privado y comunitario-Daño a las personas, Rubinzal-Culzoni, Santa Fe, 1992.

MOSSET ITURRASPE, Jorge, Responsabilidad por daños, Tomo V – El daño moral, Rubinzal – Culzoni, 1999.

O’CALLAGHAN MUÑOZ, Xavier, “La responsabilidad objetiva”, en MORENO MARTÍNEZ, Juan A. (coord.), La responsabilidad civil y su problemática actual,

Dykinson, Madrid, 2007, p. 802.

PIGRETTI, Eduardo A., “El derecho ambiental como revolución social político jurídica”, en La Ley Patagonia, 2004, p. 1273.

PIZARRO, Ramón D., “Valoración y cuantifi cación del daño moral “, en La Ley Córdoba, 2006, p. 893.

PIZZARRO, Ramón D., Daño Moral, Hammurabi, Buenos Aires, 2000.

RIPERT, Georges, BOULANGER, Jean, Tratado de derecho civil según el tratado de Planiol, Tomo V, traducción de Delia García Daireaux, La Ley, Buenos Aires, 1965.

RIVERA, Julio C., “Responsabilidad civil por daños a los derechos de la personalidad”, en Revista de derecho privado y comunitario-Daño a las personas, Rubinzal-Culzoni, Santa Fe, 1992.

SABSAY, Daniel A., DI PAOLA, María E., “El daño ambiental colectivo y la nueva ley general del ambiente”, ADLA, 2003 - D, p. 4865.

SCOTTI, Edgardo, “La preservación del medio ambiente y el derecho urbanístico en la reforma constitucional”, en El Derecho, Tomo 160, p. 737.

SEGUÍ, Adela, “Prevención de los daños. El proyecto de Código Civil de 1998” (en línea), en http://www.alterini.org/tonline/to_sal.htm [6 de diciembre 2007]

SERRANO GÓMEZ, Eduardo, “La protección medioambiental: en especial consideración de la responsabilidad civil por daños al medioambiente (A propósito de la sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de 10 Abr. 2000)”, en Actualidad Civil, La Ley

(España), 2001, p. 273.

STIGLITZ, Gabriel A., “El daño al medio ambiente en la Constitución Nacional”, en BUERES, Alberto J (dir.) y KEMELMAJER de CARLUCCI, Aída (dir.),

Responsabilidad por daños en el tercer milenio, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1997, p. 317.

Revista de Derecho. Segunda época. Año 9. N.º 10 (diciembre 2014), 13-40 - ISSN 1510-3714

STIGLITZ, Gabriel A., “Responsabilidad civil por contaminación del medio ambiente”, en La Ley, 1983-A, p. 787.

VAISER, Lidia, “Los acreedores “involuntarios” en la ley concursal y en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia”, Enfoques, 2010 –agosto-, p. 100

VAZQUEZ FERREYRA, Roberto A, “La responsabilidad civil de la empresa y la nueva Constitución Nacional”, en Jurisprudencia Argentina, Tomo 1995 –IV, p. 845.

ZANNONI, Eduardo A., El daño en la responsabilidad civil, Astrea, Buenos Aires, 1982.

Publicado

2016-01-21

Como Citar

Cossari, M. N. G. (2016). La necesidad de prevención de daños ante los límites del régimen clásico de reparación argentino. Revista De Derecho, (10), 13–40. https://doi.org/10.22235/rd.v0i10.735

Edição

Secção

Doutrina

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