Las implicancias de considerar al niño como sujeto de derecho

Autores/as

  • Maricruz Gómez de la Torre Vargas

DOI:

https://doi.org/10.22235/rd.v18i2.1703

Palabras clave:

autonomía progresiva, capacidad, interés superior del niño, derecho del niño a ser oído

Resumen

Se aborda las consecuencias que el niño sea sujeto de derecho, lo que implica que tiene autonomía progresiva, y que debe ser oído y considerada su opinión cuando se tome una decisión que le afecte, de acuerdo con su edad y grado de madurez. Principio que entra en colisión con algunas instituciones tradicionales del derecho civil como la capacidad y la patria potestad.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Citas

Aguilar Carvallo, Gonzalo, “El principio del interés superior del niño y la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, en Universidad de Talca, Estudios Constitucionales, año 6, N°1 (2008): 223-247.

Alarcón Cañuta, Miguel “Conveniencia de la participación de los niños en el proceso de mediación” en Universidad Bernardo O’Higgins, Ars Boni et Aequi, año 11 N°2 (2015): 11-47.

Barcia Lehmann, Rodrigo “La capacidad extrapatrimonial de los niños y adolescentes conforma a sus condiciones de madurez”, en Universidad de Talca, Revista Ius et Praxis Año 19 N°2 (2013):3-52.

Cillero Bruñol, Miguel, “El interés superior del niño en el marco de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño” en Democracia en América Latina. Análisis crítico del panorama legislativo en el marco de la convención Internacional sobre los Derechos del Niño, editado por Emilio García Mendez y Mary Belof, Bogotá,Temis- Depalma (1998):69-84.

Couso, Jaime, “El niño como sujeto de derechos y la Nueva Justicia de Familia. Interés Superior del Niño, Autonomía Progresiva y derecho de ser oído”, en Revista de Derechos del Niño N°s 3,4, Santiago, Universidad Diego Portales y UNICEF (2006):145-166.

Delle Vedove, María Julia, “La autonomía progresiva: el principio que garantiza el ejercicio personal de los derechos del niño. La posible colisión con el interés superior. Especial análisis de los actos médicos del adolescente” en Nuestra Joven Revista Jurídica, III (1- Serie I), Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho (2010):1-12.

Espada Mallorquín, Susana, “La efectiva aplicación del derecho del menor a ser oído. Corte Suprema, 18 de agosto de 2015, Rol 124-2015” en Revista Chilena de Derecho Privado N°25 (2015):257-268.

Gil Domínguez, Andrés, “Ley de Protección Integral de niños, niñas y adolescente. Derecho Constitucional de familia”, EDIAR, Buenos Aires, 2012.

Léon Hurtado. Avelino “La voluntad y la capacidad en los actos jurídicos”, Santiago: Editorial Jurídica de Chile, 1979.

Lepin Molina, Cristián, “Los nuevos principios del Derecho de Familia”, en Revista Chilena de Derecho Privado, N°23 (2014):27-45

Lyon Puelma, Alberto “Personas naturales”, Santiago, Ediciones Universidad Católica de Chile, 3ª edición actualizada, 2007.

Méndez Costa, María Josefa, Los principios jurídicos en las relaciones de familia, Bogotá, Editorial Rubinzal-Culzoni, 2006.

Orrego Acuña, Juan Andrés, Temas de Derecho de Familia, Santiago Chile: Editorial Metropolitana, 2007.

Ramos Chaparro, Enrique “Niños y jóvenes en el derecho civil constitucional” en Revista de Derecho Privado y Constitución N°7 (septiembre-diciembre 1995):167-229.

Ravetllat Ballesté, Isaac, “El interés superior del niño: concepto y delimitación del término”, en Educatio Siglo XXI, vol. 30 N°2 (2012): 113-134.

Silva Barroilhet, Paula, “La capacidad jurídica de las personas con discapacidad intelectual”, Santiago-Chile, Editorial Thomson Reuters, 2017.

Vargas Pavez, Macarena y Correa Camus, Paula “La voz de los niños en la justicia de familia de Chile”, en Revista Ius Praxis, Año 17, N°1 (2011): 177-203.

Viola, Sabrina “Autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes en el Código Civil: una deuda pendiente”, en Cuestión de Derechos, Revista electrónica N°3 (2012):82-99.

Instrumentos internacionales de derechos humanos

Comité de los Derechos del niño, Observación N° 12 “El derecho del niño a ser escuchado” (2009).

Corte Interamericana de Derechos Humanos, Opinión consultiva n°17, (2002).

Naciones Unidas, Convención Internacional de los Derechos del Niño, entró en vigor por Decreto Nº830. Publicado en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1990.

Observación General N°7. Realización de los Derechos del Niño en la primera Infancia”, Centro de Investigación Innocenti (2005).

Jurisprudencia chilena

Corte de Apelaciones de la Serena, Sentencia de 11 de junio de 2010, Rol N°722-2009.

Corte de Apelaciones de Santiago, Sentencia de 22 de agosto de 2016, Rol 1128-2016.

Corte de Apelaciones de Santiago, Sentencia de 22 de noviembre de 2016, Rol 2215-2016,

Corte Suprema, Sentencia de 08 de abril de 2017, Rol N°1732-2017

Corte Suprema, Sentencia de 26 de septiembre de 2016, ROL N° 38322-2016.

Corte Suprema, Sentencias de 26 de febrero de 2014, ROL N°12057-2013

Tribunal Constitucional de Chile, Sentencia de 12 de abril de 2016, Rol N°2867-2015

Descargas

Publicado

2018-11-12

Cómo citar

Gómez de la Torre Vargas, M. (2018). Las implicancias de considerar al niño como sujeto de derecho. Revista De Derecho, (18), 117–137. https://doi.org/10.22235/rd.v18i2.1703

Número

Sección

Doctrina

Artículos similares

<< < 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 > >> 

También puede {advancedSearchLink} para este artículo.